¿Obras sin visados? No vale la pena correr el riesgo

¿Obras sin visados? No vale la pena correr el riesgo

La promoción de vivienda de obra nueva en la actualidad asiste a un crecimiento moderado en un mercado muy heterogéneo. Apenas se llega a un 3% en obra nueva respecto de lo que se levantaba en pleno boom inmobiliario.

La promoción de vivienda de obra nueva en la actualidad asiste a un crecimiento moderado en un mercado muy heterogéneo. Apenas se llega a un 3% en obra nueva respecto de lo que se levantaba en pleno boom inmobiliario, según los datos de visados de obra nueva del Ministerio de Fomento.

En la actualidad se han llegado a visar 100.000 viviendas, cifras muy superiores que las estipuladas en plena crisis inmobiliaria (2013, 34.000 viviendas).

Pero toda obra nueva  necesita de un visado, ¿En qué consiste el visado que emite el Colegio de Arquitectos?

“Se trata de un sello sobre los planos y la memoria de los trabajos de los arquitectos. En resumidas cuentas, se trata de una garantía y una forma de proteger a los ciudadanos.

El visado comprueba:

a) “La identidad y habilitación profesional del autor del trabajo, utilizando para ello los registros de colegiados”.

b) “La corrección e integridad formal de la documentación del trabajo profesional de acuerdo con la normativa aplicable al trabajo del que se trate.

El arquitecto añade que “la identidad de autor es fundamental para evitar el intrusismo profesional.

A este respecto, el código penal en su artículo 403 establece que: 

 1. El que ejerciere actos propios de una profesión sin poseer el correspondiente título académico expedido o reconocido en España de acuerdo con la legislación vigente, incurrirá en la pena de multa de doce a veinticuatro meses. Si la actividad profesional desarrollada exigiere un título oficial que acredite la capacitación necesaria y habilite legalmente para su ejercicio, y no se estuviere en posesión de dicho título, se impondrá la pena de multa de seis a doce meses.

2. Se impondrá una pena de prisión de seis meses a dos años si concurriese alguna de las siguientes circunstancias:

a) Si el culpable, además, se atribuyese públicamente la cualidad de profesional amparada por el título referido.

b) Si el culpable ejerciere los actos a los que se refiere el apartado anterior en un local o establecimiento abierto al público en el que se anunciare la prestación de servicios propios de aquella profesión.

Además, el colegio de arquitectos podrá imponer sanciones o inhabilitar temporal o permanente por deontología profesional.

Hay que tener en cuenta que el visado no es un mero trámite ya que la corrección formal de la documentación garantiza que se ha presentado todo lo que se exige para realizar el trabajo. “Desde la habilitación del técnico, los planos, memoria, estudios de seguridad y salud, de residuos...etc. Además, los colegios revisan las circunstancias urbanísticas, por lo que si vamos a edificar en un suelo no permitido o realizamos un cambio de uso imposible nos denegarán el visado. El precio del visado, por ejemplo, para un cambio de uso de un local a vivienda de 80m2 es de 170€ + IVA aproximadamente. No vale la pena correr riesgos por ese precio.

El colegio de arquitectos tiene la misión de controlar los fraudes en la construcción y junto a la licencia de obra, evitar construcciones ilegales. Si se invierte en una vivienda ilegal puede haber importantes consecuencias desde multas e incluso la demolición de la vivienda. De ahí la importancia de realizar obras con visados.

En 2010 se cambió la ley de colegios profesionales exigiéndose visados obligatorios y voluntarios, siendo los obligatorios los trabajos en los que existe una relación de causalidad directa con la seguridad o integridad física de las personas.

 

 

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Categoría: Economía y Vivienda

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