Son obligatorios los seguros de hipoteca ¿se pueden dar de baja?

Son obligatorios los seguros de hipoteca ¿se pueden dar de baja?

¿Son buenos y obligatorios los seguros de hipotecas? Cuando nos ofrecen una hipoteca, los bancos ofrecen también seguros que cubran los posibles daños que se puedan producir.

Cuando nos ofrecen una hipoteca, los bancos ofrecen también seguros que cubran los posibles daños que se puedan producir durante los años que dura la hipoteca. Pero...¿son obligatorios?

En 2013 ciertas prácticas abusivas llevaron al Parlamento Europeo a refrendar la prohibición de vincular seguros e hipotecas mediante una directiva, lo que no implica que no podamos de forma no vinculada contratar un seguro para nuestra hipoteca si lo consideramos necesario.

En todo caso, en muchos bancos, aunque no sea vinculante "como producto", sí es obligatorio de cara a la concesión de la hipoteca (cuestión muy distinta a que ese seguro sea obligatorio por ley) así que ,una vez me han concedido la hipoteca ¿puedo dar de baja el seguro?

Si has aceptado contratar el seguro para que el banco te conceda la hipoteca es posible cancelarlo si no han pasado más de treinta días; asimismo, también es posible cancelar cualquier seguro transcurrido el año con un pre-aviso de dos meses. Dicha cancelación, hay que comunicarla de forma fehaciente a la aseguradora, no al banco, y tener cuidado de no devolver el recibo simplemente, ya que la aseguradora puede reclamarnos el pago después.

¿Es el banco, necesariamente, el primer beneficiario de estos seguros?

Lo que está claro es que el banco no nos puede obligar, aunque puede no concedernos la hipoteca si no cumplimos las condiciones propuestas por el mismo. Esta práctica es común y les asegura poder cobrar, por ejemplo si hay un incendio que destroza la casa o eventualidades de similares consecuencias.

Si cancelo el seguro, ¿sube mi hipoteca?

Debemos tener en cuenta siempre este factor a la hora de decidir qué hacer si hemos suscrito el seguro, dado que muchos de ellos conllevan una cláusula de "bonificación" de intereses en base a los seguros y la vinculación que tengamos como cliente con el banco durante un determinado tiempo: recibo domiciliados, nóminas, plazos fijos, planes de pensiones… debemos tener en cuenta que el banco no obliga a contratar nada, sino que nos ofrece unas condiciones determinadas para la  hipoteca en función de nuestra vinculación como cliente. Si cambiamos los términos de esa vinculación, las condiciones de la hipoteca pueden variar.

Si estás buscando hipoteca, nuestra recomendación siempre es la misma: revisa bien las cláusulas y condiciones y decide siempre en función de las ventajas que te ofrezca la vinculación con tu entidad.

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Categoría: Actualidad y Noticias

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