INSPECCIONES INMOBILIARIAS: Requisitos cumplimentación

INSPECCIONES INMOBILIARIAS: Requisitos cumplimentación

Las delegaciones de consumo de todas las comunidades, están realizando cada vez más labores inspectoras para detectar el incumplimiento en materia de consumo en las ventas y arrendamientos en las que intervienen las agencias inmobiliarias, con sanciones de alta cuantía.

Las delegaciones de consumo de todas las comunidades, están realizando cada vez más labores inspectoras para detectar el incumplimiento en materia de consumo en las ventas y arrendamientos en las que intervienen las agencias inmobiliarias, con sanciones de alta cuantía. Hay que recordar que los  inspectores pueden hacerse pasar por clientes sin identificarse previamente.

Todas las agencias inmobiliarias, están obligadas a cumplir  la normativa vigente en esta materia y poner atención en que sus empleados la conozcan y la cumplan en su quehacer diario.

El mayor porcentaje de incumplimientos se produce en los siguientes aspectos:

  • No disposición del cartel informativo con la leyenda “El consumidor tiene derecho a que se le entregue una copia del correspondiente documento informativo abreviado de la vivienda”.
  • No incorporación en la información al público (anuncios web, escaparate, partes visita…), de la etiqueta de certificado eficiencia energética.
  • No indicar en la publicidad en la que se incluía el precio de venta, la existencia de otros tributos y gastos que deba pagar la persona consumidora.
  • No poner a disposición la persona consumidora una nota explicativa sobre el precio y las formas de pago.

Por lo cual, destacamos las siguientes acciones, que se deberán realizar para un correcto cumplimiento de la normativa:

- Obtención del Certificado de Eficiencia Energética con su correspondiente  etiqueta, de cada una de las viviendas que se publican.

- Fichas de escaparate con etiqueta certificado de eficiencia energética y en caso de indicar el precio, las leyendas de los precios y que no incluidos los gastos registrales.

- Carteles bien visible, de la existencia de Hojas de Reclamaciones actualizadas.

 -En las visitas inmuebles, indicar la disposición del Documento Informativo Abreviado (DIA)

- Incluir en los contratos los gastos detallados que deben abonar los compradores y en especial el ITP.

- Tener preparados varios expedientes de ventas y arrendamientos preparados que estén completos con todos los requisitos para ser entregados a los inspectores en caso de que acudan a las oficinas. (Notas simples, DIA firmado por cliente, Desglose o Notas explicativas de gastos, Contratos, Notas de Encargo, Hojas de visita, modelos de contratos de arrendamiento disponibles para ser entregados en las reservas… )

PROTOCOLOS DEL PLAN INSPECCIÓN VIVIENDAS

A continuación os exponemos los principales protocolos, por los que se van a regir los inspectores, para el adecuado cumplimiento de la normativa.

1. Información en la compraventa de viviendas en proyecto o en construcción. (http://www.consumoresponde.es/sites/default/files/articulos/protocolo.1.inspecci%C3%B3n.viviendas.27.07.2017.pdf)

2. Información en la compraventa en primera transmisión de viviendas construidas. (http://www.consumoresponde.es/sites/default/files/articulos/protocolo.2.inspecci%C3%B3n.viviendas.27.07.2017.pdf)

3. Información en la compraventa de viviendas de segunda mano. (http://www.consumoresponde.es/sites/default/files/articulos/protocolo.3.inspecci%C3%B3n.viviendas.27.07.2017.pdf)

4. Información en el arrendamiento de viviendas. (http://www.consumoresponde.es/sites/default/files/articulos/protocolo.4.inspecci%C3%B3n.viviendas.27.07.2017.pdf)

OBJETIVOS Y ASPECTOS A VIGILAR

      El objetivo de las inspecciones consiste en inspeccionar la actividad de las agencias inmobiliarias,  promotoras y constructoras, en la venta, promoción y publicidad en el arrendamiento y compraventa de viviendas, con independencia de que éstas se encuentren en proyecto, en construcción o construidas. Aunque si están en proyecto o construcción solo se controlarán las  Viviendas de Protección Oficial.

Los objetivos  de las inspecciones son:

  • Conocer la situación del sector y las tendencias de precios, características viviendas, publicidad expuestas.
  •  Conocer el grado de cumplimiento de las autorizaciones administrativas (inscripción en el Registro Mercantil, licencias de obra o de primera ocupación, etc.).
  • Comprobación sobre la obligación de disponer un certificado de eficiencia energética, sobre los inmuebles ofertados. Se verificará que dichos certificados estén expuestos en la oferta de viviendas de páginas Webs de plataformas de intermediación inmobiliaria como Fotocasa, Idealista, Segunda Mano, etc.
  • Conocer en qué grado cumpliendo la normativa en cuanto a la información facilitada al consumidor: datos generales de la vivienda, precio, gastos implícitos, condiciones de pago, garantías de las cantidades entregadas a cuenta, responsabilidades y garantías de los agentes que intervienen en el proceso de la edificación, etc.
  • Comprobar que el contenido de los contratos y documentos firmados se ajusta a las exigencias de la normativa.
  • Verificar la coincidencia de la características de los inmuebles ofertados, se refleja debidamente en la información previa y en los contratos de compraventa o alquiler.
  • En caso de viviendas en proyecto o en construcción, comprobar que existen avales individuales tanto en VPO como en Vivienda libre.

 

NORMATIVA DE APLICACIÓN

Con carácter general, la normativa de aplicación es la siguiente:

Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía.

Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.

Ley 29/2009, de 30 de diciembre, por la que se modifica el régimen legal de la competencia desleal y de la publicidad para la mejora de la protección de los consumidores y usuarios.

Decreto 218/2005, de 11 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de información al consumidor en la compraventa y arrendamiento de viviendas en Andalucía.

Real Decreto 515/1989, de 21 de abril, sobre protección de los consumidores en cuanto a la información a suministrar en la compraventa y arrendamientos de viviendas (en los preceptos de carácter básico).

Decreto 72/2008, de 4 de marzo, por el que se regulan las hojas de quejas y reclamaciones de las personas consumidoras y usuarias en Andalucía y las actuaciones administrativas relacionadas con ellas.

Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal.

Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.

 

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Categoría: Inmobiliaria

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