Resolvemos algunas preguntas sobre las cláusulas suelo

Resolvemos algunas preguntas sobre las cláusulas suelo

Ya hemos hablando anteriormente sobre las cláusulas suelo, un tema que está generando mucha controversia desde hace unos meses. En esta ocasión, daremos respuestas a algunas preguntas relacionadas para ayudar a aclarar algunos términos.

Ya hemos hablando anteriormente sobre las cláusulas suelo, un tema que está generando mucha controversia desde hace unos meses. En esta ocasión, daremos respuestas a algunas preguntas relacionadas para ayudar a aclarar algunos términos:

 

¿Qué es la cláusula suelo?

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha declarado la retroactividad total de la cláusula suelo al considerarla abusiva. Esta cláusula hipotecaria beneficia a la banca y no al cliente que ha solicitado el préstamo, ya que esta condición impide a los hipotecados beneficiarse de las caídas del Euribor en sus cuotas mensuales y establece un tipo de interés mínimo a pagar. Los bancos la solían incluir en los contratos hipotecarios con tipo variable. Se suele identificar con títulos como “límites a la aplicación del interés variable”, “límite de la variabilidad” o “tipo de interés variable”. Dependiendo del país, según las condiciones del contrato y su transparencia y claridad, puede considerarse abusiva, ilegal o nula.  

El TJUE dictaminó el pasado mes de diciembre que las entidades bancarias españolas están obligadas a devolver todo el dinero cobrado ilegalmente por las cláusulas suelo desde la firma de la hipoteca inmobiliaria para la adquisición de ventas si se demuestra que no se realizó el ejercicio con total transparencia.

 

¿Cómo saber si se tiene una cláusula suelo?

Se debe consultar en el contrato hipotecario el tipo de interés que cobra la entidad, el cual suele aparecer en el apartado de condiciones financieras. La redacción de esta cláusula es así aproximadamente: «En ningún caso el tipo de interés nominal anual resultante de cada variación podrá ser superior al X% ni inferior al X%». En este caso, la hipoteca tendría tanto cláusula techo como suelo.  

También se puede consultar en el recibo bancario del último pago del préstamo. Si el tipo de interés que aparece como pagado no es igual a la suma del Euribor más el diferencial pactado, posiblemente su hipoteca tenga una cláusula suelo, y ese interés es el tope.

 

¿Cómo reclamar las cláusulas suelos?

Para la devolución del dinero cobrado de más, es obligatorio reclamar por vía judicial y tenemos noticia de que además se abrirá una vía extrajudicial.  Lo más recomendable es acudir a un profesional para contar con un firme asesoramiento.

 

¿Qué hacer si ya se tiene una sentencia sobre un caso particular y el banco solo devuelve el dinero desde 2013?

Si la sentencia es favorable, puede que no sea posible volver a iniciar otro procedimiento judicial, ya que es un caso tratado. Habría que estudiar cada situación.

 

¿Se puede reclamar si ya se ha cancelado el préstamo?

Sí, si no ha transcurrido un periodo de más de cuatro años.

 

¿Qué impacto económico tendrá la retroactividad total de las cláusulas suelo en las entidades bancarias?

La sentencia del TJUE ha supuesto un impacto judicial para aquellas entidades que han comercializado hipotecas con estas cláusulas abusivas. Se estima que el sector bancario tiene que devolver entre 5.000 y 7.000 millones de euros, siendo las entidades bancarias más perjudicadas: Liberbank, CaixaBank y Banco Popular.

Según el Banco de España, la banca tendrá que afrontar esta factura adicional y esto podría tener consecuencias negativas desde para la estabilidad financiera y el crecimiento de la economía española.

 

 

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Categoría: Actualidad y Noticias

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